Art. 227
Presentación de una declaración en aduana previa a la presentación de las mercancías
En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 227
Presentación de una declaración en aduana previa a la presentación de las mercancías
Cuando se presente una declaración en aduana de conformidad con el artículo 171 del Código, las autoridades aduaneras tratarán los datos facilitados antes de la presentación de las mercancías, en particular a efectos del análisis de riesgos.
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