Art. 219 · Casos en que una declaración en aduana no se considera presentada mediante un acto contemplado en el artículo 141 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446

Art. 219

Casos en que una declaración en aduana no se considera presentada mediante un acto contemplado en el artículo 141 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446

En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 219 Casos en que una declaración en aduana no se considera presentada mediante un acto contemplado en el artículo 141 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 [Artículo 6, apartado 3, letra a), y artículo 158, apartado 2, del Código] Cuando un control revele que se ha efectuado un acto a que se refiere el artículo 141 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 pero que las mercancías introducidas o sacadas no son mercancías contempladas en los artículos 138, 129 y 140 de dicho Reglamento Delegado, la declaración en aduana correspondiente a dichas mercancías se considerará no presentada.
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