Art. 190
Presentación de las mercancías en aduana
En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 190
Presentación de las mercancías en aduana
(Artículo 139 del Código)
Las autoridades aduaneras podrán aceptar la utilización de los sistemas de los puertos o aeropuertos o cualquier otro método de información disponible para la presentación de las mercancías en aduana.
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