Art. 156.tit_1
Control del importe de referencia por la persona a la que se exija constituir una garantía
En vigor desde 24 nov 2015
(Artículo 89 del Código)
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2015:2447:oj#art-156.tit_1