Art. 102.tit_1 · Principios generales y precauciones que debe tomar el declarante

Art. 102.tit_1

Principios generales y precauciones que debe tomar el declarante

En vigor desde 24 nov 2015
(Artículo 64, apartado 1, del Código)
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2015:2447:oj#art-102.tit_1