Art. 3 · Validez de los certificados de importación

Art. 3

Validez de los certificados de importación

En vigor desde 18 nov 2015
Artículo 3 Validez de los certificados de importación El período de validez del certificado de importación corresponderá al período comprendido entre el día de su expedición efectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22, apartado 2, del Reglamento (CE) no 376/2008, y el final del segundo mes siguiente al mes de expedición.
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