Art. 2

Art. 2

En vigor desde 11 nov 2015
Artículo 2 Las entidades adjudicadoras utilizarán los formularios normalizados que se establecen en los anexos IV a XI, XVII y XIX del presente Reglamento para la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de los anuncios a que se hace referencia en los artículos 67 a 70, 89, 92 y 96 de la Directiva 2014/25/UE.
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