Art. 1
En vigor desde 12 oct 2015
Artículo 1
El Reglamento (CEE) no 2568/91 se modifica como sigue:
1)
El artículo 2, apartado 1, se modifica como sigue:
a)
el párrafo primero se modifica del siguiente modo:
i)
la letra g) se sustituye por el texto siguiente:
«g)
para determinar la composición de ácidos grasos, el método recogido en el anexo X,»,
ii)
la letra l) se sustituye por el texto siguiente:
«l)
para determinar el contenido de alcoholes alifáticos y triterpénicos, el método recogido en el anexo XIX,»;
b)
se suprime el párrafo segundo.
2)
El resumen de los anexos se modifica como sigue:
a)
las referencias al anexo X A y al anexo X B, incluidos los títulos de esos anexos, se sustituyen por la referencia única a continuación:
«Anexo X: Determinación de ésteres metílicos de ácidos grasos mediante cromatografía de gases»;
b)
en la referencia al anexo XIX, se sustituye el título por el texto siguiente:
«Determinación del contenido de alcoholes alifáticos y triterpénicos mediante cromatografía de gases con columna capilar»;
c)
se suprime la referencia al anexo XX bis,
3)
El apéndice 1 del anexo I ter se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.
4)
El anexo V queda modificado de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
5)
El anexo IX se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento.
6)
Los anexos X A y X B se sustituyen por el texto del anexo IV del presente Reglamento.
7)
El anexo XII se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo V del presente Reglamento.
8)
El anexo XIX queda modificado de conformidad con el anexo VI del presente Reglamento.
9)
Se suprime el anexo XX bis.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2015:1833:oj#art-1