Art. 9
Designación de las autoridades competentes
En vigor desde 7 oct 2015
Artículo 9
Designación de las autoridades competentes
Los Estados miembros designarán a las autoridades nacionales competentes responsables de la ejecución del presente Reglamento.
Los Estados miembros notificarán a la Comisión los nombres y señas completas de las autoridades designadas, así como cualquier modificación de esos datos.
La Comisión pondrá dicha información a disposición pública de forma adecuada.
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