Art. 14
Verificación del código de barras bidimensional
En vigor desde 2 oct 2015
Artículo 14
Verificación del código de barras bidimensional
El fabricante que coloque los dispositivos de seguridad verificará que el código de barras bidimensional con el identificador único cumple lo dispuesto en los artículos 5 y 6, es legible y contiene la información correcta.
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