Art. 13 · Resolución de litigios

Art. 13

Resolución de litigios

En vigor desde 8 sept 2015
Artículo 13 Resolución de litigios 1.   En la medida de lo posible, cualquier litigio relacionado con el marco de interoperabilidad será resuelto por los Estados miembros afectados por medio de una negociación. 2.   Si no se llega a ninguna solución de conformidad con el apartado 1, la Red de Cooperación establecida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/296 de la Comisión tendrá competencia en el litigio de acuerdo con su reglamento de procedimiento.
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