Art. 93 · Información complementaria cuando las mercancías se encuentran en otro Estado miembro

Art. 93

Información complementaria cuando las mercancías se encuentran en otro Estado miembro

En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 93 Información complementaria cuando las mercancías se encuentran en otro Estado miembro [Artículo 6, apartado 2, y artículo 6, apartado 3, letra a), del Código] Los requisitos comunes en materia de datos para la solicitud de información complementaria cuando las mercancías se encuentran en otro Estado miembro figuran en el anexo 33-06. La solicitud a que se refiere el apartado 1 podrá presentarse por medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2015:2015:oj#art-93