Art. 26 · Condiciones para la aceptación de una solicitud de estatuto de AEO

Art. 26

Condiciones para la aceptación de una solicitud de estatuto de AEO

En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 26 Condiciones para la aceptación de una solicitud de estatuto de AEO (Artículo 22, apartado 2, del Código) 1.   Además de las condiciones de aceptación de una solicitud previstas en el artículo 11, apartado 1, con el fin de solicitar el estatuto de AEO el solicitante deberá presentar junto con la solicitud un cuestionario de autoevaluación, que será facilitado por las autoridades aduaneras. 2.   Un operador económico presentará una única solicitud para el estatuto de AEO que abarque todos sus establecimientos comerciales permanentes en el territorio aduanero de la Unión.
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