Art. 247
Medios para aportar la prueba de que las mercancías han salido del territorio aduanero de la Unión
En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 247
Medios para aportar la prueba de que las mercancías han salido del territorio aduanero de la Unión
[Artículo 6, apartado 3, letra a), del Código]
A efectos de la certificación de la salida de las mercancías, la prueba de que las mercancías han salido del territorio aduanero de la Unión podrá aportarse a la aduana de exportación utilizando medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos.
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