Art. 186
Solicitudes del estatuto de destinatario autorizado a efectos de operaciones TIR
En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 186
Solicitudes del estatuto de destinatario autorizado a efectos de operaciones TIR
(Artículo 22, apartado 1, párrafo tercero, del Código)
A efectos de las operaciones TIR, las solicitudes del estatuto de destinatario autorizado a que se refiere el artículo 230 del Código deberán presentarse a la autoridad competente para tomar la decisión en el Estado miembro en que deban terminarse las operaciones TIR del solicitante.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2015:2015:oj#art-186