Art. 152
Formalidades aduaneras y controles en el marco de la autoevaluación
En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 152
Formalidades aduaneras y controles en el marco de la autoevaluación
(Artículo 185, apartado 1, del Código)
Se podrá autorizar a los titulares de autorizaciones de autoevaluación a realizar controles, bajo vigilancia aduanera, del cumplimiento de las prohibiciones y restricciones previstas en la autorización.
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