Art. 1

Art. 1

En vigor desde 3 jul 2015
Artículo 1 El Reglamento (UE) no 1321/2014 se modifica como sigue: 1) En el artículo 2, se añade la letra k bis) siguiente a continuación de la letra k): «k bis)   “aeronave ELA2”: una de las siguientes aeronaves ligeras europeas tripuladas: i) un avión con una masa máxima de despegue (MTOM) igual o inferior a 2 000 kg que no esté clasificado como aeronave motopropulsada compleja, ii) un planeador o un motovelero con una masa máxima de despegue igual o inferior a 2 000 kg, iii) un globo, iv) un dirigible a base de aire caliente, v) un dirigible de gas que cumpla todas las características siguientes: — pesadez estática máxima del 3 %, — empuje no vectorial (excepto empuje de inversión), — diseño convencional y simple de: estructura, sistema de control y sistema de balón compensador, — controles sin servomando, vi) un giroavión muy ligero.». 2) En el artículo 3, se añade el apartado 4 siguiente: «4.   Los programas de mantenimiento aprobados de conformidad con los requisitos aplicables antes del 27 de julio de 2015 se considerarán aprobados en virtud de los requisitos establecidos en el presente Reglamento.». 3) El artículo 8 queda modificado como sigue: a) En el apartado 2, letra b), la fecha «28 de septiembre de 2015» se sustituye por la fecha «28 de septiembre de 2016». b) En el apartado 4, el texto «Reglamento (CE) no 2042/2003» se sustituye por el texto «Reglamento (UE) no 1149/2011». c) Se añade el apartado 6 siguiente: «6.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1: a) Las autoridades competentes o, cuando corresponda, las organizaciones podrán continuar expidiendo certificados, en su versión anterior, conforme a lo dispuesto en el apéndice III del anexo I (parte M) o en los apéndices II y III del anexo IV (parte 147) del Reglamento (UE) no 1321/2014, en vigor antes de 27 de julio de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2015. b) Los certificados expedidos antes del 1 de enero de 2016 seguirán siendo válidos hasta el momento en que sean modificados, suspendidos o revocados.». 4) El anexo I (parte M) se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento. 5) El anexo II (parte 145) se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento. 6) El anexo IV (parte 147) se modifica de conformidad con el anexo III del presente Reglamento.
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