Art. 6 · Resolución de determinados litigios y eliminación de datos personales

Art. 6

Resolución de determinados litigios y eliminación de datos personales

En vigor desde 1 jul 2015
Artículo 6 Resolución de determinados litigios y eliminación de datos personales 1.   Los litigios presentados a través de la plataforma RLL no se procesarán, en particular, cuando: a) la parte reclamada afirme que no está dispuesta a recurrir a una entidad RAL; b) las partes no consigan ponerse de acuerdo sobre una entidad RAL para tramitar su litigio en el plazo de 30 días naturales a partir de la presentación del impreso electrónico de reclamación; c) la entidad RAL que las partes acuerden rehúse tramitar el litigio, y se considerarán resueltos. La fecha de la concurrencia de alguna de las circunstancias a que se hace referencia en las letras a) a c) será la fecha de resolución del correspondiente litigio. 2.   Los datos personales relacionados con los litigios a que se refieren las letras a), b) y c) del apartado 1 se eliminarán de la plataforma, a más tardar, seis meses después de la resolución de los mismos.
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