Art. 1
En vigor desde 29 jun 2015
Artículo 1
Se aplicará el coeficiente de asignación que figura en el anexo del presente Reglamento a las cantidades a las que se refieren las solicitudes de derechos de importación presentadas en virtud del Reglamento (CE) no 431/2008 para el período comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016.
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