Art. 1
En vigor desde 24 jun 2015
Artículo 1
En el anexo del presente Reglamento figuran las cantidades por las que no se han presentado solicitudes de derechos de importación en virtud del Reglamento (CE) no 2535/2001, que se añadirán a las del subperíodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de junio de 2016.
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