Art. 4
En vigor desde 18 jun 2015
Artículo 4
En el anexo I del Reglamento (CE) no 669/2009 se suprime la entrada siguiente:
«Judías secas
(Alimento)
0713 39 00
Nigeria (NG)
Residuos de plaguicidas (2)
50»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2015:943:oj#art-4