Art. 1
Objeto
En vigor desde 28 may 2015
Artículo 1
Objeto
De conformidad con el artículo 440 del Reglamento (UE) no 575/2013, en el presente Reglamento se especifican los requisitos de divulgación de información de las entidades en relación con el cumplimiento del requisito de disponer de un colchón de capital anticíclico a que se hace referencia en el título VII, capítulo 4, de la Directiva 2013/36/UE.
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