Art. 92
Entrada en vigor
En vigor desde 20 may 2015
Artículo 92
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 26 de junio de 2017, con excepción de:
a)
el artículo 86, que se aplicará a partir del 26 de junio de 2016;
b)
el artículo 24, apartado 1, que se aplicará a partir del 26 de junio de 2018, y
c)
el artículo 25, que se aplicará a partir del 26 de junio de 2019.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2015:848:oj#art-92