Art. 79.tit_1 · Funciones de los Estados miembros respecto del tratamiento de datos personales en los registros nacionales de insolvencia

Art. 79.tit_1

Funciones de los Estados miembros respecto del tratamiento de datos personales en los registros nacionales de insolvencia

En vigor desde 20 may 2015
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2015:848:oj#art-79.tit_1