Art. 79.tit_1
Funciones de los Estados miembros respecto del tratamiento de datos personales en los registros nacionales de insolvencia
En vigor desde 20 may 2015
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2015:848:oj#art-79.tit_1