Art. 35 · Ley aplicable

Art. 35

Ley aplicable

En vigor desde 20 may 2015
Artículo 35 Ley aplicable Salvo que se disponga de otro modo en el presente Reglamento, la ley aplicable al procedimiento de insolvencia secundario será la del Estado miembro en cuyo territorio este se haya abierto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2015:848:oj#art-35