Art. 1
En vigor desde 19 may 2015
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Pastel de Chaves» (IGP).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 2.3. Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería, del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) no 668/2014 de la Comisión (3).
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