Art. 26
Entrada en vigor
En vigor desde 30 abr 2015
Artículo 26
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de mayo de 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5.
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