Art. 2 · Concesiones relativas al pescado y los productos de la pesca

Art. 2

Concesiones relativas al pescado y los productos de la pesca

En vigor desde 29 abr 2015
Artículo 2 Concesiones relativas al pescado y los productos de la pesca Las normas de desarrollo del artículo 29 del AEA, referente a los contingentes arancelarios para el pescado y los productos de la pesca, serán adoptadas por la Comisión de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 9, apartado 3, del presente Reglamento.
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