Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 23 abr 2015
Artículo 2 Definiciones A efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a)   «configuración operativa máxima de asientos de pasajeros»: la capacidad máxima de plazas de pasajeros en una aeronave individual, excluidos los asientos de la tripulación, establecida con fines operativos y especificada en el manual de operaciones; b)   «avión grande»: un avión que en sus criterios de certificación incluye las especificaciones de certificación para aviones grandes «CS-25» o una norma equivalente.
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