Art. 3 · Modelo del certificado del fabricante relativo al acceso a la información sobre el sistema de diagnóstico a bordo (DAB) y sobre la reparación y el mantenimiento del vehículo

Art. 3

Modelo del certificado del fabricante relativo al acceso a la información sobre el sistema de diagnóstico a bordo (DAB) y sobre la reparación y el mantenimiento del vehículo

En vigor desde 11 mar 2015
Artículo 3 Modelo del certificado del fabricante relativo al acceso a la información sobre el sistema de diagnóstico a bordo (DAB) y sobre la reparación y el mantenimiento del vehículo Los fabricantes afectados por el artículo 53, apartado 1, del Reglamento (UE) no 167/2013 que soliciten una homologación de tipo UE deberán presentar a la autoridad de homologación un certificado relativo al acceso a la información sobre el sistema DAB y sobre la reparación y el mantenimiento del vehículo, conforme al artículo 53, apartado 8, de dicho Reglamento, basándose en el modelo del anexo II del presente Reglamento.
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