Art. 56 · Notificación en el marco del Mecanismo de Inversión

Art. 56

Notificación en el marco del Mecanismo de Inversión

En vigor desde 2 mar 2015
Artículo 56 Notificación en el marco del Mecanismo de Inversión El BEI mantendrá a la Comisión regularmente informada de las operaciones efectuadas en el marco del Mecanismo de Inversión, incluidas las bonificaciones de intereses, de la utilización que se haya hecho de cada solicitud de contribuciones abonadas al BEI, y en particular de los importes totales trimestrales de los compromisos, contratos y pagos, conforme a las condiciones definidas en el convenio de gestión previsto en el artículo 55, apartado 4.
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