Art. 51 · Papel del Presidente del Banco Europeo de Inversiones

Art. 51

Papel del Presidente del Banco Europeo de Inversiones

En vigor desde 2 mar 2015
Artículo 51 Papel del Presidente del Banco Europeo de Inversiones El BEI gestionará el Mecanismo de Inversión y llevará a cabo operaciones en el marco del mismo, incluidas las bonificaciones de intereses y la asistencia técnica en nombre de la Unión, de conformidad con la Segunda Parte del presente Reglamento. Además, el BEI se encargará de la ejecución financiera de otras operaciones llevadas a cabo por medio de financiación con cargo a sus recursos propios, de conformidad con el artículo 4 del Acuerdo interno, combinada, cuando proceda, con bonificaciones de intereses con cargo a los recursos del 11o FED. La aplicación de la Segunda Parte del presente Reglamento no dará lugar a ningún tipo de obligaciones o pasivos por parte de la Comisión.
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