Art. 2
En vigor desde 16 feb 2015
Artículo 2
La sustancia especificada en el anexo y los piensos que la contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 9 de marzo de 2017 de conformidad con las normas aplicables antes del 9 de marzo de 2015 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
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