Art. 1

Art. 1

En vigor desde 6 feb 2015
Artículo 1 Se aplicará un coeficiente de asignación de 8,627503 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas el 2 y 3 de febrero de 2015, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006. La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 4 de febrero de 2015 quedará suspendida para febrero de 2015.
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