Art. 4 · Tasas de expedición de licencias

Art. 4

Tasas de expedición de licencias

En vigor desde 4 feb 2015
Artículo 4 Tasas de expedición de licencias Los Estados miembros podrán solicitar una tasa de expedición de licencias por el examen de cada solicitud. Las tasas de expedición de licencias se aplicarán de forma no discriminatoria.
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