Art. 6
Modelo de declaración de fiabilidad
En vigor desde 20 ene 2015
Artículo 6
Modelo de declaración de fiabilidad
La declaración de fiabilidad contemplada en el artículo 125, apartado 4, párrafo primero, letra e), del Reglamento (UE) no 1303/2013, deberá presentarse para cada programa operativo con arreglo al modelo que figura en el anexo VI del presente Reglamento.
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