Art. 38.tit_1 · Limitación del número de buques de la Unión autorizados a pescar pez espada

Art. 38.tit_1

Limitación del número de buques de la Unión autorizados a pescar pez espada

En vigor desde 19 ene 2015
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2015:104:oj#art-38.tit_1