Art. 1

Art. 1

En vigor desde 7 ene 2015
Artículo 1 1.   Las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación al amparo del contingente con número de orden 09.4308, contemplado en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 416/2014, presentadas del 1 de enero de 2015 al 2 de enero de 2015 a las 13 horas, hora de Bruselas, se multiplicarán por un coeficiente de asignación de un 7,385870 % en el caso de las solicitudes presentadas en el marco del contingente arancelario con número de orden 09.4308. 2.   La presentación de nuevas solicitudes de certificados al amparo del contingente con número de orden 09.4308, contemplado en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 416/2014, queda suspendida a partir del 2 de enero de 2015 a las 13 horas, hora de Bruselas, para el período contingentario en curso.
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