Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 dic 2014
Artículo 1 La Unión pondrá a disposición de Finlandia una ayuda por un importe total de 10 729 307 EUR para prestar ayuda específica a los productores de leche afectados por la prohibición de las importaciones de productos de la Unión impuesta por Rusia. Finlandia utilizará ese importe sobre la base de criterios objetivos y no discriminatorios, a condición de que los pagos resultantes no falseen la competencia. A tal efecto, Finlandia tomará en consideración la magnitud de los efectos que tenga la prohibición rusa de las importaciones sobre los productores afectados. Finlandia efectuará esos pagos a más tardar el 31 de mayo de 2015.
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