Art. 1
En vigor desde 18 dic 2014
Artículo 1
1. El anexo del Reglamento (CE) no 1126/2008 queda modificado como sigue:
(a)
se modifica la NIIF 3, Combinaciones de negocios, según lo establecido en el anexo del presente Reglamento;
(b)
se modifica la NIIF 13, Valoración del valor razonable, según lo establecido en el anexo del presente Reglamento;
(c)
se modifica la NIC 40, Inversiones inmobiliarias, según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.
2. Toda referencia a la NIIF 9, tal como figura en el anexo del presente Reglamento, se entenderá hecha a la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración.
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