Art. 5
Proceso de evaluación y documentación
En vigor desde 24 oct 2014
Artículo 5
Proceso de evaluación y documentación
1. La evaluación y la documentación de las competencias adquiridas por los Voluntarios de Ayuda de la UE durante su participación en la iniciativa de Ayuda de la UE deberán plasmar:
a)
el reconocimiento profesional de las competencias adquiridas que podrían utilizarse en un contexto profesional, aumentando las posibilidades de empleo de un voluntario, y
b)
el reconocimiento social de la contribución de los voluntarios a la expresión de los valores de solidaridad de la Unión con los necesitados y al fomento visible de un sentimiento de ciudadanía europea.
2. El alcance y el proceso de evaluación y documentación deberán adaptarse a la situación de los profesionales noveles o experimentados y dependerá de las necesidades y aspiraciones individuales de cada voluntario de Ayuda de la UE.
3. La evaluación y la documentación de las experiencias de aprendizaje reflejará el proceso continuo de desarrollo que los Voluntarios de Ayuda de la UE atraviesan, reconociendo y apoyando así el aprendizaje y el desarrollo a lo largo de las diferentes fases de la participación del voluntario en la iniciativa. La evaluación y la documentación se llevarán a cabo con arreglo al plan de aprendizaje y desarrollo a que se refiere el artículo 4.
4. Las organizaciones de envío y de acogida deberán demostrar su compromiso constante con la evaluación y la documentación de las experiencias de aprendizaje de los Voluntarios de Ayuda de la UE para facilitar su reconocimiento profesional y social.
5. La Comisión y los Estados miembros de la UE proporcionarán a las autoridades nacionales competentes que sean responsables de la validación del aprendizaje no formal e informal información pertinente sobre la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE y sobre la evaluación y documentación, con el fin de facilitar los procesos de validación formal de las experiencias de aprendizaje de los Voluntarios de Ayuda de la UE en sus países de origen, cuando proceda.
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