Art. 3 · Marco de competencias

Art. 3

Marco de competencias

En vigor desde 24 oct 2014
Artículo 3 Marco de competencias 1.   El marco de competencias que deberá utilizarse para la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE tendrá tres dimensiones: a) competencias transversales; b) competencias específicas, y c) competencias técnicas. 2.   El marco de competencias estará adaptado a: a) los profesionales noveles, especialmente los recién licenciados con menos de cinco años de experiencia profesional y menos de cinco años de experiencia en la acción humanitaria; y b) los profesionales experimentados con un mínimo de cinco años de experiencia profesional en puestos de responsabilidad o cargos de expertos. 3.   El marco de competencias deberá favorecer el proceso continuo de desarrollo personal que los Voluntarios de Ayuda de la UE atraviesan en las distintas fases de su participación en la iniciativa y permitir medir sus progresos. El nivel de dominio de cada competencia se evaluará con arreglo al método del Marco Europeo de Cualificaciones y a la escala siguiente: a) nivel 4: Excelente; b) nivel 3: Bueno; c) nivel 2: Suficiente, con necesidades de desarrollo; d) nivel 1: Insuficiente. 4.   Las definiciones de las principales competencias se establecen en el anexo.
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