Art. 13 · Notificación del aviso de tasa

Art. 13

Notificación del aviso de tasa

En vigor desde 22 oct 2014
Artículo 13 Notificación del aviso de tasa 1.   El deudor de la tasa mantendrá al día los datos de contacto para la expedición del aviso de tasa y comunicará al BCE todo cambio en estos datos (es decir, nombre, cargo, unidad organizativa, dirección postal, dirección electrónica y número de teléfono y fax) a más tardar el 1 de julio de cada período de la tasa. Los datos serán los de una persona física o, preferiblemente, un cargo dentro de la organización del deudor de la tasa. 2.   El BCE notificará el aviso de tasa por cualquiera de los medios siguientes: a) electrónicamente o por otros medios de comunicación análogos; b) por fax; c) por mensajería exprés; d) por correo certificado con acuse de recibo; e) por entrega en mano. El aviso de tasa es válido aun sin firma.
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