Art. 23 · Comité

Art. 23

Comité

En vigor desde 22 oct 2014
Artículo 23 Comité 1.   La Comisión estará asistida por el Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios establecido en virtud del artículo 229 del Reglamento (UE) no 1308/2013. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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