Art. 1 · Objeto

Art. 1

Objeto

En vigor desde 20 oct 2014
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento especifica las condiciones de la aplicación de la obligación de desembarque, conforme a lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1380/2013, a partir del 1 de enero de 2015 en el mar Mediterráneo, de todas las capturas de las especies sujetas a tallas mínimas en las pesquerías de pequeños pelágicos que figuran en el anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2014:1392:oj#art-1