Art. 49 · Carteras de referencia

Art. 49

Carteras de referencia

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 49 Carteras de referencia 1.   Las carteras de referencia previstas en el artículo 77 quinquies, apartados 2 y 4, de la Directiva 2009/138/CE se determinarán de un modo transparente, prudente, fiable y objetivo que sea coherente en el tiempo. Los métodos aplicados para determinar las carteras de referencia serán los mismos en lo que respecta a todas las monedas y países. 2.   que, respecto de cada moneda, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en la moneda en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro denominadas en dicha moneda; y que, respecto de cada país, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en el país en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro vendidas en el mercado de seguros de dicho país y denominadas en su moneda; (a) que, respecto de cada moneda, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en la moneda en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro denominadas en dicha moneda; y que, respecto de cada país, los activos sean representativos de las inversiones realizadas por las empresas de seguros y reaseguros en el país en cuestión para cubrir la mejor estimación de las obligaciones de seguro y reaseguro vendidas en el mercado de seguros de dicho país y denominadas en su moneda; (b) que, cuando sea posible, la cartera se base en índices pertinentes de los que el público pueda disponer fácilmente, y que se hayan publicado los criterios sobre el momento y la forma en que se modificarán los componentes de tales índices; (c) que la cartera de activos incluya todos los siguientes activos: — bonos, titulizaciones y préstamos, incluidos los préstamos hipotecarios; — acciones; — bienes inmuebles. For the purposes of points (a) and (b), investments of insurance and reinsurance undertakings in collective investment undertakings and other investments packaged as funds shall be treated as investments in the underlying assets.
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