Art. 295 · Perfil de riesgo

Art. 295

Perfil de riesgo

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 295 Perfil de riesgo 1.   El informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá información cualitativa y cuantitativa con respecto al perfil de riesgo de la empresa de seguros o reaseguros, de conformidad con los apartados 2 a 7, por separado para las siguientes categorías de riesgo: (a) riesgo de suscripción; (b) riesgo de mercado; (c) riesgo de crédito; (d) riesgo de liquidez; (e) riesgo operacional; (f) otros riesgos significativos. 2.   El informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá la siguiente información con respecto a la exposición al riesgo de la empresa de seguros o reaseguros, incluida la exposición que se derive de posiciones fuera de balance y la transferencia de riesgo a entidades con cometido especial: (a) una descripción de las medidas utilizadas para evaluar estos riesgos dentro de la empresa, incluido cualquier cambio significativo durante el período de referencia; (b) una descripción de los riesgos significativos a los que la empresa esté expuesta, incluido cualquier cambio significativo durante el período de referencia; (c) una descripción de cómo se han invertido los activos de acuerdo con el principio de prudencia establecido en el artículo 132 de la Directiva 2009/138/CE, que abarcará los riesgos mencionados en ese artículo y su adecuada gestión. 3.   Con respecto a la concentración del riesgo, el informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá una descripción de las concentraciones de riesgo significativas a que esté expuesta la empresa de seguros o reaseguros. 4.   Con respecto a la reducción del riesgo, el informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá una descripción de las técnicas utilizadas para reducir los riesgos, así como los procesos que se aplican para controlar la eficacia continua de estas técnicas de reducción del riesgo. 5.   Con respecto al riesgo de liquidez, el informe sobre la situación financiera y de solvencia contedrá el importe total del beneficio esperado incluido en las primas futuras según cálculo efectuado con arreglo al artículo 260, apartado 2. 6.   Con respecto a la sensibilidad al riesgo, el informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá una descripción de los métodos utilizados, las hipótesis empleadas y el resultado de las pruebas de resistencia y los análisis de sensibilidad en relación con los riesgos y sucesos significativos. 7.   El informe sobre la situación financiera y de solvencia contendrá en una sección separada cualquier otra información significativa con respecto al perfil de riesgo de la empresa de seguros o reaseguros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2015:35:oj#art-295