Art. 205 · Disposiciones generales

Art. 205

Disposiciones generales

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 205 Disposiciones generales El ajuste destinado a tener en cuenta la capacidad de absorción de pérdidas de las provisiones técnicas y los impuestos diferidos, a que se refiere el artículo 103, letra c), de la Directiva 2009/138/CE, será la suma de los siguientes elementos: (a) el ajuste destinado a tener en cuenta la capacidad de absorción de pérdidas de las provisiones técnicas; (b) el ajuste destinado a tener en cuenta la capacidad de absorción de pérdidas de los impuestos diferidos.
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