Art. 201 · Varianza de la distribución de pérdidas de las exposiciones de tipo 1

Art. 201

Varianza de la distribución de pérdidas de las exposiciones de tipo 1

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 201 Varianza de la distribución de pérdidas de las exposiciones de tipo 1 1.   La varianza de la distribución de pérdidas de las exposiciones de tipo 1 a que se refiere el artículo 200, apartado 4, será igual a la suma de Vinter y Vintra . 2.    Vinter será igual a lo siguiente: donde: (a) la suma abarcará todas las combinaciones posibles (j,k) de las diferentes probabilidades de impago en exposiciones uninominales de conformidad con el artículo 199; (b) TLGDj y TLGDk representarán la suma de las pérdidas en caso de impago por las exposiciones de tipo 1 de las contrapartes que tengan una probabilidad de impago PDj y PDk, respectivamente. 3.    Vintra será igual a lo siguiente: donde: (a) la primera suma abarcará todas las diferentes probabilidades de impago por exposiciones uninominales con arreglo al artículo 199; (b) la segunda suma abarcará todas las exposiciones uninominales que tengan una probabilidad de impago igual a PDj ; (c) LGDi representará la pérdida en caso de impago por la exposición uninominal i.
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