Art. 135 · Submódulo para otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida

Art. 135

Submódulo para otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 135 Submódulo para otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida El capital obligatorio por riesgos de catástrofe del seguro distinto del de vida será igual a la pérdida de fondos propios básicos de las empresas de seguros y reaseguros que resultaría de una pérdida instantánea que, sin deducir los importes recuperables de contratos de reaseguro y entidades con cometido especial, sea igual al siguiente importe: where: (a) P 1, P 2, P 3, P 4 y P 5 representarán estimaciones de las primas brutas de las empresas de seguros o reaseguros, sin deducción de los importes recuperables de contratos de reaseguro, que previsiblemente se devengarán durante los doce meses siguientes en relación con los grupos de obligaciones de seguro y reaseguro 1 a 5 señalados en el anexo XII; (b) c 1, c 2, c 3, c 4 y c 5 representarán los factores de riesgo de los grupos de obligaciones de seguro y reaseguro 1 a 5 señalados en el anexo XII.
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